REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
JUEZ UNIPERSONAL Nº 01
Maracay, 10 de Julio del 2006.
196° y 147°
Vista la anterior solicitud y demás recaudos que se le anexan, presentado por la ciudadana: SOLDANYL CEDEÑO CAMACHO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.857.168 y de este domicilio; asistida por la abogada en ejercicio LESBIA CORREA Defensor Publico N° 06 adscrita a la Unidad de Defensa Publica del Estado Aragua, en la cual solicita al tribunal autorización para que por ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX) pueda tramitar el pasaporte de su hija, la adolescente: SOLNILYBETH GABRIELA, de doce (12) años de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 22.292.637, se admite en cuanto ha lugar en derecho y désele el curso legal correspondiente. En consecuencia, se autoriza a la mencionada ciudadana a los fines antes expuestos. Líbrese autorización. Cúmplase.
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. SOL VEGAS DE SCARPATI
LA SECRETARIA
ABOG. MARIA ELENA DIAZ
EXP Nº A-2418
SVDES/MED/beatriz
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