En el día hábil de hoy martes, 11 de Julio del dos mil seis (2006), siendo las 2:00 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen las ciudadanas supra identificadas. La ciudadana Juez declaró abierto el acto continuando con la mediación. En este estado, ambas partes deciden poner fin al presente juicio, donde la parte demandada ofrece pagar la cantidad de NUEVE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA BOLIVARES (Bs.9.375.870,00), en forma fraccionada, entregando en este acto un cheque No. 1342300730813 emitido a favor del trabajador GILBERTO ROPDOLFO HERRAT, de la cuenta corriente No.01140205402050000276 de la empresa demandada del Banco del Caribe, por la cantidad de DOS MILLONES TRECIENTOS DOCE MIL CIENTO DIECISEIS CON 30/100 (Bs.2.312.116,30), quedando un saldo de Bs.7.063.754,00 para ser pagado en tres cuotas por un monto cada una de Bs.2.354.584, pagaderos por ante este Tribunal en fecha 30-07-2006, el segundo pago el día 14-08-2006 y el último el día 30-08-2006, las partes de común acuerdo establecen que el último pago puede ser objeto de una deducción de presunto pago de adelanto de prestaciones sociales por la cantidad de un millón trescientos treinta y tres mil bolívares; ofrecimiento este que la parte actora acepta a su entera y cabal satisfacción, no teniendo el trabajador nada que reclamar por concepto de prestaciones sociales y demás derechos laborales.