En el día hábil de hoy viernes, 28 de Julio del dos mil seis (2006), siendo las 2:00 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos supra identificados. La ciudadana Juez declaró abierto el acto continuando con la mediación. Las partes de común acuerdo manifiestan que ponen fin al presente asunto haciendo uso de los medios alternativos de solución de conflictos, mediando la presente causa en la cantidad de CUATRO MILLONES SETECIENTOS TRES MIL CUATROCIENTOS CUATRO BOLIVARES (Bs.4.703.404,00), monto este que el empleador pagara en forma fraccionada es decir dos partes la cantidad de dos millones trescientos cincuenta y un mil setecientos dos bolívares en el día de hoy, mediante cheque No. 02777288 de fecha 28-07-2006 a favor de NERIO SANCHEZ, del Banco de Venezuela de la cuenta corriente No. 01020162470008598734, y el saldo restante el día 14 de Agosto del presente año por ante este Tribunal a las dos de la tarde, dicho monto es el resultado de la revisión de la pretensión por lo tanto el trabajador y su abogado acepta el monto, no teniendo su representado nada que reclamar por concepto de prestaciones sociales y demás derechos laborales.