REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE JUICIO DE PRIMERA INSTANCIA DE LOS TRIBUNALES DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO ARAGUA - SEDE LA VICTORIA
La Victoria, 20 de junio de 2006
196º y 147º
Por recibido en fecha 19 de junio de 2006 del JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICAL DEL ESTADO ARAGUA, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documento (U.R.D.D), de los Tribunales del Trabajo de la circunscripción judicial de La Victoria Estado Aragua, mediante oficio Nro. 2087-06, de fecha 14 de junio de 2006, contentivo de original de expediente Nº DH32-L-2004-000010 (nomenclatura de este juzgado), constante de dos (2) piezas, de seiscientos ocho (608) folios útiles la pieza principal y el cuaderno separado constante de setenta y cinco (75) folios útiles, en el cual se observa que se trata de una demanda que por Accidente de Trabajo incoara el ciudadano FERNANDO BLANCO contra la Compañía VENEZOLANA DE CERAMICA, la cual fue decidida por este tribunal en fecha 18/05/ 2005 resultando SIN LUGAR LA DEMANDA, siendo apelado dicho fallo, por ante el Juzgado Superior Primero del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, quien en fecha 12/08/05 declaro SIN LUGAR el Recurso de Apelación y en consecuencia ratifica la decisión de primera instancia, acusándose por ante la alzada el Recurso Extraordinario de Casación, siendo resuelto a través del asunto signado con el Nº AA60-S-2005-001741 nomenclatura de la SALA DE CASACION SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA que declaro sin lugar dicho Recurso, y remite al Tribunal Superior del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, mediante oficio Nº 1962, de fecha 07 de junio de 2006, ordenando el Tribunal de Alzada remitir el presente expediente mediante el oficio antes mencionado signado bajo el Nº 2087 al Juzgado Tercero de Juicio de Primera instancia de juicio del Nuevo Régimen y Régimen procesal transitorio del Estado Aragua con sede en La Victoria, a los fines de su cierre y archivo. Por todas las razones antes delatadas, este JUZGADO TERCERO DE JUICIO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO CON COMPETENCIA TANTO DE TRANSICION COMO DE NUEVO REGIMEN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DELESTADO ARAGUA - SEDE LA VICTORIA en uso de las atribuciones que le confiere la Ley, acuerda: PRIMERO: Recibir la presente asunto lo cual pasa a hacer en este mismo acto y dado que la presente causa fue resuelta por la SALA DE CASACIÓN SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA de fecha 09/05/06 donde declara 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto contra la sentencia publicada el 12 de agosto de 2005 por el Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Se CONFIRMA el fallo recurrido. En consecuencia se confirma el fallo dictado por este tribunal, Por lo que agotados todos los recursos, previstos en la ley y vista la decisión de las instancias, se acuerda, el cierre y archivo del presente expediente. Envíese al archivo Judicial para su resguardo y custodia. Es todo, cúmplase lo acordado en autos.
LA JUEZA,
DRA. LILIAM ROSA PÉREZ
LA SECRETARIA,
ABOG. E. MILENE BRICEÑO.
LRPS/m.b..-
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