REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
JUZGADO DECIMO DE CONTROL
Caracas, 23 de JUNIO de 2006
195° y 146°
Por recibidas y vistas las actuaciones procedentes de la Unidad Receptora y Distribuidora de Documentos del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, constante de SEIS (06) folios útiles, recibidas por este Tribunal siendo las once y veinticinco (11:25) horas de la mañana del día de hoy relativa al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE). Este Juzgado en uso de sus atribuciones legales, acuerda: Anotarla en los Libros respectivos y darle entrada bajo el N° 1189-06 y por cuanto en este momento se encuentra presente en la sede de este Tribunal la Fiscal del Ministerio Público N° 112 Dra. Rosa Elena Pérez, la cual consigna en este acto Planilla R-9, relacionada con la persona imputada en la presente causa, de la cual se desprende que el mismo es mayor de edad y así mismo por cuanto se encuentra igualmente presente en la sede de este Tribunal el precitado joven, quien dijo tener 18 años de edad y titular de la Cédula de Identidad N° (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el Artículo 545 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente), nacido en Caracas en fecha 09/12/1987, residenciado en el Valle, Sector Cerro Grande, Calle 19 de Abril, Casa N° 47, es por lo que este Tribunal actuando de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 531 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda Declinar la competencia para conocer de las presentes actuaciones, en lo que respecta al joven (IDENTIDAD OMITIDA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), aun Juzgado de Control de la Jurisdicción Penal Ordinaria de esta misma Circunscripción Judicial, toda vez que este Tribunal es incompetente por razón de la persona para conocer del presente Expediente, Asimismo se acuerda remitir Expediente en su forma original constante de diez (10) folios útiles y signado bajo el N° 1189/06 nomenclatura de este Tribuna a la Oficina Distribuidora de Expedientes, haciendo la corrección de foliatura del Folio 1 al 6, así como el Folio N° 9, a fin de que sea remitido a un Tribunal de Control del proceso Ordinario. Ofíciese. CUMPLASE. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman:
LA JUEZ,
DRA. FLOR MEDINA RENGIFO
LA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO N° 112
DRA. ROSA ELENA PEREZ
EL JOVEN,
(IDENTIDAD OMITIDA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE)
LA SECRETARIA,
ABG. NOLA MADRIZ
J10C/1189-06
FMR-nm
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