REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 16 de Junio de 2.006
196° y 147°
ACTA
ASUNTO: NH11-L-2003-000146 (24597)
PARTE ACTORA: JOSE RAMON RODRIGUEZ
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Abogados: OSCAR EMILIO ARAGUAYAN Y EDUARDO SUBERO
PARTES DEMANDADAS: “MAR, C.A; PDVSA, PETROLEO S.A.
APODERADOS DE LAS PARTES DEMANDADAS: Abogados:
NELLYS PRADA, OSMARIBER BOTINO, ANGELA ROMERO, ALFREDO BUSTAMANTE Y OTROS.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, viernes dieciséis (16) de Junio de 2006, siendo las 2:50 PM; oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el Juicio que por Prestaciones Sociales, tiene incoado el ciudadano JOSE RAMON RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 8.545.037, en contra de las empresas MAR, C.A; PDVSA, PETROLEO, S.A. comparece a esta audiencia la abogada en ejercicio NELLYS PRADA, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nro. 49.323, en su condición de apoderado judicial de la parte Co-demandada, PDVSA, PETROLEO, S.A. Dando así inicio a la audiencia; En este estado el Tribunal deja expresa constancia de la no comparecencia a esta Audiencia de la parte demandante, y de la demandada principal, MAR, C.A; ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, ,por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Se deja constancia que parte Co-demandada consignó las siguientes pruebas: Escrito constante de cuatro (04), folios útiles y copia de instrumento Poder, para ser anexado al expediente, previa su verificación con el original que estuvo a la vista del juez.
Siendo las 3:45 PM.; se dio por concluida la presente Audiencia.-
EL JUEZ TEMPORAL,
LAS PARTES COMPARECIENTES,
Abg. RAMÓN VELÁSQUEZ
LA SECRETARIA,
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