REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecinueve (19) de junio de dos mil seis (2006)
196º y 147º

ASUNTO: AP21-L-2006-000273

Visto el escrito transaccional presentado en fecha quince (15) de junio de 2006, por la abogada ANNA MARIA VENDITTELLI, en su carácter de apoderada judicial de la empresa demandada y la abogada ANNA MARIA VILLANUEVA, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante el cual solicitan la homologación del mismo y la devolución de las pruebas promovidas por las parte al inicio de la audiencia preliminar; en tal sentido y por cuanto no han sido vulnerados los derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Tribunal HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 03 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asimismo se ordena solo la devolución de la pruebas promovidas por la parte demandada, toda vez que según consta en el acta de audiencia preliminar de fecha 14 de marzo de 2006, la parte actora no promovió pruebas, igualmente se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Cúmplase.
La Juez

Abog. Jhacnini Torres

La Secretaria

Abog. Dayana Díaz



“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”