ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2006-000993
PARTE ACTORA: DANNY JOSE ROSALES VIELMA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: MAUTE GRILL,
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: AZORY RANGEL Y LOIDA OJEDA MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO

En el día hábil de hoy doce de junio de dos mil seis, siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparecen las apoderadas judiciales AZORY RANGEL Y LOIDA OJEDA, inscritas en el Inpreabogado bajo el N° 70.355 y 70.356, respectivamente, cualidad que se evidencia en instrumento poder original que se presenta a effectum videndi y que se ordena agregar a los autos; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.


La Juez

La Secretaria

Abog. Geraldine Eugenne Louis Nuñez




Apoderadas Judiciales de la parte demandada




“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”