REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinte (20) de junio de dos mil seis (2006)
196º y 147º
ASUNTO: AP21-L-2006-000895
Vista la transacción habida entre las partes, consignada por ante la URDD en fecha 16-06-06, mediante la cual ponen fin a la controversia, y en la que solicitan la homologación de la misma, a los fines que surta efecto de cosa juzgada dicha transacción; en virtud que el mencionado acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público; éste Juzgado acuerda de conformidad con lo solicitado y en consecuencia HOMOLOGA la transacción entre las partes, y no quedando asunto por resolver en el presente proceso, lo da por TERMINADO, y ordena el cierre definitivo y archivo del expediente. CÚMPLASE.
El Juez
Abg. Orlando Antonio Magallanes
La Secretaria
Abg. Norialy Romero
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”