REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2006-001236
PARTE ACTORA: RICHARD JOSE PIRELA MUÑOZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIÓ
PARTE DEMANDADA: CORPORACION INDUSTRIAL AMERICER, C.A.,
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ANA ELIZABETH GONZÁLEZ GUZMAN
MOTIVO: ESTABILIDAD LABORAL
En el día hábil de hoy veinte (20) de junio de dos mil seis, siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, previa distribución le correspondió a este Juzgado celebrar la presente audiencia preliminar, dándose inicio a la misma se deja constancia que comparece la abogado ANA ELIZABETH GONZÁLEZ GUZMAN, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el N° 70.428, en su carácter de apoderada judicial como se evidencia de instrumento poder que consigna en copia simple, que le fuere otorgado 02 de febrero de 2001, por ante la Notaría Pública Primero del Municipio Baruta del Estado Miranda, quedando anotado bajo el N° 12, Tomo 13 de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaría; se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.
La Juez
La Secretaria
Abg. Milagros Jiménez
Abg. Norialy Romero
Apoderada judicial de la parte demandada
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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