REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA DE JUICIO JUEZ INIPERSONAL N I
Caracas, 14 de junio de 2006
196º y 147º
ASUNTO: AP51-V-2006-010357

Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, désele entrada y anótese en el Libro respectivo y regístrese bajo el No. AP51-V-2006-010357, nomenclatura de este Circuito Judicial. Vista la anterior solicitud de Colocación en Entidad, presentada por la ciudadana MARIA GRAZIA GIUSTINIANO, Consejera Principal de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Libertador, a favor del adolescente (X) , de diecisiete (17) años de edad, esta Sala de Juicio, lo admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria a ninguna disposición de ley, al orden publico ni a las buenas costumbres. Ahora bien, vencido como se encuentra el lapso que establece la Ley sobre las Medidas de Protección en la Modalidad de Abrigo Provisional, dictadas por el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Libertador, a favor del adolescente(X) en la entidad de atención “Parque Integral Abeyyu”, en fecha 14-03-2006, tal y como se evidencian de las actas que conforman el presente expediente, esta Sala de Juicio, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta Medida de Colocación en Entidad de Atención Provisional a favor del adolescente(X) de diecisiete (17) años de edad, en la Entidad de Atención Parque Integral Abeyyu, de conformidad con lo establecido en los artículos 126 literal (I), 184 y 396 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público de conformidad con el artículo 170 literal “c” de la referida Ley. Asimismo, se insta al Consejo de Protección que informe a la mayor brevedad posible la dirección de la Entidad de Atención Parque Integral Abeyyu, a los fines de comunicarle lo conducente, igualmente remita a esta Sala de Juicio información detallada respecto a dicha Entidad de Atención, en relación a su formulación, planificación y ejecución de programas en la misma. Líbrese lo conducente. Cúmplase.
La Juez de Sala

Dra. Agueda Domínguez La Secretaria,

Abg. Adriana Mireles






El Juez

El Secretario

Abg. Agueda Domínguez