REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. SALA DE JUICIO, JUEZ UNIPERSONAL N° 4
Caracas, 14 de Junio de 2006
196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2006-011209
Motivo: Convenio de Régimen de Visitas
Partes: Josman Aníbal Méndez Castillo y Lisney Mairet Ravelo Blanco, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nº V-13.062.657 y V-14.445.024, respectivamente.
Niños:
Representante: Ariadna Cibelis Cedeño Ramírez, en su carácter de Fiscal Nonagésimo Sexto (96°) del Ministerio Público.
Por recibido de la URDD, en fecha 12 de Junio del 2006, convenio de Régimen de Visitas, presentado por la ciudadana, ARIADNA CIBELIS CEDEÑO RAMÍREZ, en su carácter de Fiscal Nonagésimo Sexto (96°) del Ministerio Público, désele entrada, anótese en el libro respectivo y regístrese bajo el número AP51-S-2006-011209, nomenclatura del Tribunal. Revisadas las actas que conforman el presente asunto, contentivo del Convenio de Régimen de Visitas suscrito por los ciudadanos JOSMAN ANIBAL MENDEZ CASTILLO y LISNEY MAYRET RAVELO BLANCO, antes identificados, a favor de los niños, se admite por no ser contrario al orden público, a las buenas costumbres ni disposición expresa de la ley, en consecuencia esta Sala de Juicio IV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, le imparte su respectiva homologación, de conformidad con lo establecido en los artículos 315 y 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídase por Secretaría copia certificada del acuerdo y del presente auto y fórmese un solo cuerpo, entréguese a los interesados a los fines legales consiguientes. Cúmplase.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio IV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los catorce (14) días del mes de junio de dos mil seis. Año 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
El Juez de Sala
EMILIO RUIZ GUÍA
El Secretario,
JOSÉ ALBERTO TOTESAUT
ERG/JAT/Cristina
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