REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 7
Caracas, 13 de Junio de 2006
196º y 147º

ASUNTO: AP51-V-2006-011140


Visto el escrito sucrito por el ciudadano FELIX JOSE PEREIRA PEREZ, titular de la cedula de identidad N° V-3.186.146, debidamente asistido en este acto por el ciudadano CESAR HERRERA, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 51.501, y visto el pedimento en ella contenido, esta Sala de juicio observa que se evidencia de la partida de nacimiento de los ciudadanos CLEIDYS JOSEFINA y FELIX EDUARDO, objeto de la Obligación Alimentaría en cuestión, que actualmente cuentan con veintinueve (29) y treinta y dos (32) años de edad, respectivamente, razón por la cual de conformidad con lo establecido en el artículo 589 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda suspender la Medida de Embargo decretada sobre las Prestaciones Sociales del ciudadano FELIX JOSE PEREIRA PEREZ, identificado en autos, mediante oficio N° 1509 de fecha 07 de junio de 1988, dirigido al Director del Ministerio de Educación. En consecuencia se acuerda oficiar al Director de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a fin de informarle de la suspensión de dicha medida. Igualmente se acuerda expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas. Cúmplase.
La Juez

El Secretario
Abg. Aimar Valencia Rizo

Martín Jiménez Mújica

AVR/MJM/Marjorie