REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA UNDÉCIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Sala de Juicio. Juez Unipersonal N° 11.-
Caracas, 13 de junio de 2006
196º y 147º
ASUNTO : AP51-V-2006-008849
Vistas y analizadas minuciosamente como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, en especial la Solicitud de Rectificación de Acta de Defunción, del ciudadano ISAIAS CEDEÑO RIGUAL, quien en vida era titular de la cédula de identidad N° V-2.943.762, presentada por la ciudadana YNES VIRGINIA ORELLANA, procediendo en su carácter de Fiscal Nonagésima Primera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, a petición de la ciudadana GLADYS DUN DE CEDEÑO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-3.987.983, quien actúa en nombre y representación de su hija cuyo datos se omiten en virtud del artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y en atención al contenido de las mismas, esta Sala de Juicio N° 11 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177, Parágrafo Cuarto, literal (f) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo ordenado en la Sentencia del dieciocho (18) de Febrero del Dos Mil Cuatro (2004), del Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Civil, DECLINA LA COMPETENCIA del presente asunto al Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que se avoque al conocimiento de la presente solicitud, en atención a lo establecido en el artículo 28 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECIDE. Líbrese oficio al referido Tribunal, a fin de remitirle el presente expediente. Cúmplase.-
LA JUEZA,


ENOE MARGARITA CARRILLO CASTELLANOS
LA SECRETARIA Acc,


ECC/Lourdes