REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, Diecinueve (19) de Junio de 2006
195° y 146°
Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, así como los deposiciones de los testigos presentada por la ciudadana ALDORA DE GOUVEIA GOMES DE QUINTAL, de nacionalidad Portuguesa, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° E- 933125, debidamente asistida por la el Abogado en ejercicio PABLO ALBERTO ZAMBRANO MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.483, este Tribunal sin perjuicio de los derechos que pudieran tener terceras personas de igual o mejor derecho de los que aducen los solicitantes, conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara: TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD SOBRE UNAS BIENHECHURIAS A FAVOR DE: ALDORA DE GOUVEIA GOMES DE QUINTAL, ubicadas en la Calle Real de la Cortada de Catia, marcada con el número 3, parroquia sucre del Distrito Capital del Área Metropolitana de Caracas, , y le pertenece a la solicitante de la sucesión Ab- Intestato del de cujus MANUEL GOMEZ, según certificado de Solvencia de Sucesiones número 0168891 de fecha 11 de Mayo de 2.006, emanado del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria adscrito al Ministerio de Finanzas, Gerencia regional de Tributo Interno Región capita, .- Devuélvanse las presentes actuaciones previa anotación de éstas en el Libro Diario correspondiente y certificación de un juego de copias de las mismas, las cuales reposarán en el archivo de este Tribunal.-
LA JUEZ
Abg. LISBETH SEGOVIA PETIT
LA SECRETARIA
Abg. LISRAYLI CORREA
En fecha _____________________se devuelven las presentes actuaciones al solicitante constantes de ____________________folios útiles.-
LA SECRETARIA
Abg. LISRAYLI CORREA
S- 6.786
LSP/ LC/ Mercedes
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