REPÚBLICA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 30 de junio de 2006
196° y 147°
Por recibida y vista la anterior solicitud de Rectificación de Acta de Defunción, presentada ante el Juzgado Distribuidor por la ciudadana JOSEFINA MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V- 7.196.435, de este domicilio, asistida por el Abogado JOSE ANIBAL MARQUEZ, Inpreabogado N° 18.011, désele entrada y curso de ley. Visto su contenido, éste tribunal observa que no fue consignada copia certificada del Acta de Defunción, por lo que se le impone a la solicitante consignen dicho recaudo y una vez conste en autos el mismo, se proveerá lo conducente, en consecuencia SE LE ORDENA A LA SOLICITANTE PROCEDA A LA CORRECCIÓN DE LA SOLICITUD EN LOS TERMINOS DICHOS.-
EL JUEZ,
Dr. PEDRO III PEREZ
EL SECRETARIO
Abg. LEONCIO VALERA
PIIIPC/lv/jn
Exp. N° 38422
Estación 04
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