REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA

PARTES ACTORA: TEOFILO MENDOZA MENDOZA
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL CORPORACION DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS AGRICOLAS S.A., LA CASA S.A. Y MAYORISTAS AGROPECUARIOS DEL ESTADO ARAGUA C.A.
MOTIVO: NULIDAD DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
EXPEDIENTE Nº 11280

Maracay, 14 de Julio del 2006.-
193° y 144°
Vista la AUTOCOMPOSICION PROCESAL (TRANSACCIÓN) celebrada por las partes en fecha 03 de Julio de 2006, y que riela a los folios 163 al 165 del expediente, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil le imparte su homologación, conforme los términos contenidos en la misma En consecuencia se ordena expedir dos juegos de copias certificadas de la transacción y del presente auto, para la elaboración de las copias se autoriza a la ciudadana Nury Contreras, por aplicación analógica del articulo 112 del Código de Procedimiento Civil .--
EL JUEZ

ABG. RAMON CAMACARO PARRA
EL SECRETARIO
ABG. ANTONIO HERNANADEZ
RCP/nury.-
EXP. N° 11280