REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Cagua, 15 de Mayo de 2006
196° y 147°
Vista la Transacción suscrita por las partes, mediante la cual se pone fin al presente juicio de Cobro de Bolívares (Vía Intimación), incoado por la Abogada ZORAIDA JOSEFINA PEREZ CASTILLO, endosataria en procuración de Cuatro (04) Letras de Cambio las cuales fueron endosadas en procuración de cobro por el beneficiario ciudadano CASIMIRO PINTO MARACANO, contra la Empresa PRODUCTOS MINERALES VENEZOLANOS “EL EMPERADOR” C.A. (PROMIVENCA). En consecuencia este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION en los términos establecidos por las partes y ordena proceder con carácter de Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada. Respecto a la solicitud de Suspensión de la Medida Preventiva decretada por este Tribunal, la misma se proveerá por auto separado en el Cuaderno de Medidas.
EL JUEZ PROVISORIO
Dr. EULOGIO PAREDES TARAZONA
EL SECRETARIO
Abg. CAMILO CHACON HERRERA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
EL SECRETARIO
EXPTE N° 06-13049
EPT/cchh/ym
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