REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, TRABAJO Y ESTABILIDAD LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-


SENTENCIA DEFINITIVA

EXPEDIENTE N° 06-13195

PARTES: ENEYDA JOSEFINA SILVA OROPEZA Y FRANCISCO JAVIER SPIRITTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-5.275.971 y V-4.549.898 respectivamente.

ABOGADA ASISTENTE: MERCEDES SILVA OROPEZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.190

MOTIVO: DIVORCIO 185-A.
- I –

En fecha 11 de Abril de 2006, comparecieron ante este Tribunal los ciudadanos ENEYDA JOSEFINA SILVA OROPEZA Y FRANCISCO JAVIER SPIRITTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-5.275.971 y V-4.549.898 respectivamente, asistidos por la Abogada MERCEDES SILVA OROPEZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.190, y solicitaron el Divorcio conforme a lo dispuesto en el Artículo 185-A del Código Civil, manifestando que desde hace más de Cinco (05) años se encuentran separados y no han hecho vida en común desde entonces, cesando toda vinculación personal entre ellos. En dicha unión matrimonial no procrearon hijo alguno y ni adquirieron Bienes.

Admitida la solicitud en fecha 18 de Abril 2006 y debidamente Notificado el Fiscal Superior del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, quien no hizo objeción alguna al Divorcio solicitado.

En fecha 18 de mayo de 2006, la Alguacil Temporal de este Tribunal consignó Boleta de Notificación debidamente firmada y sellada por el Fiscal Superior del Ministerio Publico de este Circunscripción Judicial.

De la revisión de las Actas que conforman el presente expediente, se evidencia que ha transcurrido el lapso establecido en el Artículo 185-A del Código Civil, sin que hubiera existido entre los ciudadanos ENEYDA JOSEFINA SILVA OROPEZA Y FRANCISCO JAVIER SPIRITTO, reconciliación alguna resultando procedente el Divorcio por ellos solicitado y Así se decide.


- I I -
D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185 – A del Código Civil presentada por los ciudadanos ENEYDA JOSEFINA SILVA OROPEZA Y FRANCISCO JAVIER SPIRITTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-5.275.971 y V-4.549.898 respectivamente. En consecuencia, se Declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron ante la Prefectura del Municipio Antonio José de Sucre del Estado Aragua, en fecha 01 de Diciembre de 1979, quedando registrado bajo el Nº 315, de los Libros de Registro Civil respectivos, correspondiente del año 1979

Este Tribunal deja constancia de que no procrearon hijos ni adquirieron bienes.

Déjese copia certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencia llevado por este Tribunal.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE

Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, 06 de Junio de 2006. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
EL JUEZ


Dr. EULOGIO PAREDES TARAZONA

LA SECRETARIA ACC,


Abg. JAZMIN B. GONZALEZ MORENO

En esta misma fecha, siendo las 02:08 pm. se publicó y registró la anterior Sentencia.

LA SECRETARIA ACC,




EXPTE 06-13195
EPT/jbgm/seig