REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 05 de Junio de 2.006
196º y 147º
PARTE ACTORA: EDITH DEL VALLE NATERA GONZALEZ
APODERADO JUDICIAL: JUAN DE JESUS DELGADO CRESPO, inpreabogado Nos. 99542
PARTE DEMANDADA: MANUEL DA COSTA MARQUEZ, Y JOSE MANUEL ACACIO
APODERADOS O ABOGADOS ASISTENTES: JEOBANI MENDEZ Inpreabogado Nº 99.727
MOTIVO: DAÑOS MATERIALES
EXPEDIENTE N°: 4354
TIPO DE SENTENCIA: Interlocutoria (Homologar Convenimiento).

Por recibida y vista la demanda presentada por la ciudadana: EDITH DEL VALLE NATERA GONZALEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nª V-4.714.736,, presentada en fecha 21-02-06, asistida por el Abogado JUAN DE JESUS DELGADO CRESPO Inpreabogado Nº 99.542, antes identificado y acreditado en autos, désele entrada y curso de Ley.-
Por cuanto el Tribunal observa que en fecha 21/02/2006 se recibieron las resultas del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, y en esa misma fecha se recibieron copia del expediente Nº 3667-05 del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre. Cuerpo Técnico de Vigilancia del Tránsito y Transporte Terrestre. Unidad Estatal de Vigilancia y Tránsito Terrestre. Nº 42 Aragua. Oficina Procesadora de Accidentes Simples fueron agregadas al expediente
En fecha 22 de Febrero de 2006, se admitió la demanda y se emplazó a las partes demandadas (Fòlio 45)
En fecha 02 de Marzo de 2006, se libraron las boletas ( Folio 46 y 47)
En fecha 09 de Marzo de 2006, el alguacil dejó constancia de la citación de la parte demandada, siendo imposible la citación (fòlio 48)
En fecha 02 de Marzo de 2006, se libró boleta de citación a la otra parte demandada y se libraron compulsas (Folio 49 al 52)
En fecha 09 de Marzo de 2006, la Ciudadana: EDITH NATERA GONZALEZ plenamente identificada en autos, asistida por el abogado JESUS DELGADO CRESPO, inpreabogado Nº 99.542, otorgó Poder Apud Acta (Fòlio 53)
En fecha 10 de Marzo de 2006, la ciudadana: EDITH DEL VALLE NATERA GONZALEZ, asistido de abogado consignó escrito de Reforme de Demanda (Folio 54) al 55)
En fecha 13 de Marzo d 2006, el alguacil dejó constancia de la citación al demandado siendo imposible su citación (Folio 56 al 57 al 60),
En fecha 14 de Marzo de 2006, se admitió la Reforma de Demanda (Folio 61)
En fecha 14 de Marzo de 2006 se libraron Boletas de citaciones (Folio 62,y 63)
En fecha 23 de Marzo de 2006, el alguacil dejó constancia de la citación siendo imposible la misma (Folio 64 al 73)
En fecha 10 de Abril de 2006, mediante diligencia el abogado JUAN DE JESUS DELGADO CRESPO, apoderado Judicial de la parte actora, identificado en autos, solicitando se libre el cartel de citación de los demandados ( folio 74)
En fecha 20 de Abril de 2006, mediante auto del tribunal se libraron los carteles de citaciones ordenados en autos (Folio 75)
En fecha 08 de Mayo de 2006, el abogado JUAN DE JESUS DELGADO, Apoderado Judicial de la parte actora, plenamente identificado en autos, consignando carteles publicados en la prensa ( Folio 76) al 78)
En fecha 09 de Mayo de 2006, mediante auto se ordenó agregar a los autos los carteles ordenados en la prensa ( Folio (79)
En fecha 17 de Mayo de 2006, la secretaria dejó constancia de la fijación del cartel ordenado por el art. 223 del C.P.C ( Fòlio 80)
En fecha 01 de Junio de 2006, mediante escrito el abogado JUAN DE JESUS DELGADO CRESPO, apoderado Judicial de la parte actora plenamente identificado en autos, solicitó la Homologación al presente Convenimiento dándole Autoridad de Cosa Juzgada y se archive el expediente ( Fòlio 81),















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