REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ANGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
CAGUA
Cagua, Catorce (14) de Junio de Dos Mil Seis (2006).
196º y 147º

EXPEDIENTE: 3692-06.-
PARTE ACTORA: TANIA GALICIA FERNÁNDEZ DEL VILLAR.-
PARTE DEMANDADA: ROGER JOSÉ ALVAREZ CORRALES.-
MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.-
Se dio inicio al presente juicio por libelo de demanda presentado por la ciudadana TANIA GALICIA FERNÁNDEZ DEL VILLAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 2.052.544, debidamente asistida por la Abogada Verónica Lee Rivas, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 52.144, mediante la cual demanda al ciudadano: ROGER JOSÉ ALVAREZ CORRALES, venezolano, Mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 10.759.070, la cual fue admitida por este Tribunal en fecha 05 de Mayo de 2.006 y se ordenó el emplazamiento del demandado ciudadano: Roger José Álvarez Corrales, para que compareciera dentro del lapso de ley a dar contestación a la presente demanda.- Se libro la compulsa respectiva.-
En fecha 08 de Mayo de 2.006, comparece la ciudadana: TANIA GALICIA FERNÁNDEZ DEL VILLAR, asistida por la abogada Verónica Lee inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 52.144 y presentó diligencia consignando recibos de cobro de arrendamiento, los cuales no fueron cancelados por el arrendatario.-
En fecha 08 de Mayo de 2.006, comparece la ciudadana: TANIA GALICIA FERNÁNDEZ DEL VILLAR y otorga Poder Apud acta a la Abogada Verónica Lee inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 52.144.-
En fecha 12 de Junio de 2.006, comparecen los ciudadanos: Abogada Verónica Lee Rivas inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 52.144 actuando en su carácter de apoderada Judicial de la parte actora, por una parte y por la otra el ciudadano: Roger José Álvarez Corrales (parte demandada), asistido por el abogado Manuel Jesús Silva inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 61.107; y presentan Convenimiento entre las partes, el cual es aceptado conforme por la parte actora en todas y cada unas de sus partes; solicitan ambas partes se homologue el presente convenio.-