En el día de hoy, Veintiocho de Junio del año Dos Mil Seis, siendo las 12:30 del
Medio día, se traslado y constituyó el Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, para la practicar medida de SECUESTRO, decretada por el Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, con motivo del juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO , Sigue la ciudadana MARIA DE JESUS MARTÍNEZ QUEVEDO contra RARMINDA REVECA ALBORNOZ VASQUEZ , en compañía de la apoderada actora abogado BEATRIZ CAMPOS CARTAYA, inpreabogado N° 44.105, al inmueble constituido en la planta baja de una casa de Dos (2) plantas, para uso residencial, ubicado en la calle Guzmán Blanco N° 50, Barrio los Olivos Nuevos, Maracay, con un área aproximada de terreno de Nueve Metros con Cincuenta y Ocho centímetros (9,50 mts). De frente por Veinte Metros (20Mts.) de fondo, alinderado de la siguiente manera manera: NORTE: CON CASA QUE ES O FUE DE PEDRO MIJARES; SUR: CON CASA QUE ES O FUE DE MARIA CONTRERAS; ESTE: CON TERRENO M UNICIPAL Y OESTE: CON CALLE GUZMAN BLANCO, QUE ES SU FRENTE. El Tribunal procedió a dar los toques de ley, a la puerta del referido inmueble siendo atendido por una persona que se identificó como ALBORNOZ VASQUEZ ARMINDA REVECA, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.024.822, a quien el Tribunal notificó de la presente medida, PERMITIENDO DICHA CIUDADANA LA ENTRADA AL Tribunal al interior del inmueble objeto de la presente medida. También se encuentra presente en este acto desde el comienzo de la presente acta, el representante del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Aragua, Municipio Girardot, FEDERICO JOSE POMBO, titular de la Cédula de Identidad N° 3.190.198. El Tribunal a los fines de dar cumplimiento a la medida, pasa a inventariar los bienes que se encuentran dentro del inmueble objeto de la presente medida, los cuales son los siguientes: Un juego de recibo compuesto por un sofá y dos poltronas tapizado en tela de pana, color azul con una mesa de centro en madera con tope de vidrio ahumado, todo usado; Un modulo de madera color marrón con dos entrepaños usado; Un modulo de madera color marrón con dos entrepaños usados; Una máquina de coser marca LUCKEY color beige con su mueble en formica color marrón, usada; Una cama matrimonial en metal con su colchón, color rosado, usado; Una peinadora en metal con espejo con dos entrepaños en vidrio ahumado, Un ventilador con pedestal de color negro, marca ULTRASONIC, usado un espejo en metal color vinotinto usado; Una cesta plástica color rosado usado; Un radio marca RCA color gris usado, Dos camas en metal con su colchón color azul usado; Un ventilador de pedestal marca Súper Deluxe en mal estado, Un modulo color rosado para ropa. Una cama de metal color azul con su colchón; Un juego de comedor compuesto por una mesa ovalada con estructura tubular y seis (6) sillas con estructura tubular color negro, tapizadas en regular estado de conservación; Una mesa con estructura tubular con divisiones en tablopan forradas en formica con tres entrepaños, usada en regular estado, Un televisor a color marca PHILIPS color negro, serial no visible, usado en regular estado: Un equipo de sonido marca AIWA color gris, modelo NSK-5303 con capacidad de tres CD, radio FM y AM, y dos videos casset con dos cornetas color gris con negros, marca AIWA, serial 504FM83H0175, usado; Un VHS color negro marca AIWA, serial 165ª23305, USADO; Una máquina de coser maca YAMAJA serial 200103-9041, color gris con su mueble en formica color blanco; Una máquina de coser marca SPEEDWAY, modelo CC31 con su mueble en formica color gris usado; Dos poltronas tapizadas en tela color verde floreado, usado; Treinta y cinco balancines de metal, color plateado usados; Una cama de madera color gris, usada; Un radio transistor marca FISHER con dos cornetas pequeñas, color negro; Una cesta color beige plástica conteniendo ropa usada; Una cesta color beige; Un ventilador de mesa marca FM, color blanco y azul, le falta el frontal, usado; Un televisor blanco y negro de 13 pulgadas, marca GOLID STATE color rojo usado; Dos mesas de noche con dos gavetas cada una, color beige en madera, usada; Una cesta en mimbre color blanco, conteniendo ropa usada; Una nevera color blanco marca PREMIUN sin serial visible, en regular estado; Una cocina color blanco marca MILATTE de cuatro hornillas y un horno modelo Suprema sin serial visible, usada en regular estado; Una lavadora color r blanco marca DAKA, modelo LVDK- 50SA-CB , sin serial visible, se ignora su funcionamiento; Un televisor a color marca HYUNDAI color gris con negro, Serial 2982532148, modelo N° HTV2020 con su control remoto, color gris, marca HYUNDAI, modelo K12L-C12; Un sofá cama, matrimonial, usado; Un closet de tres puestos con tres gavetas y un espejo usado; Un minicomponente color negro, marca UNIREX , sin serial visible , dos colchonetas de goma espuma, usados en regular estado de conservación; Un reloj de pared sin marca usado; Un teléfono inalámbrico, color negro, marca PANASONIC tipo digital, serial 5HBADI98750, modelo KH –tg24208 USADO. El Tribunal le advierte a la Ciudadana ALBORNOZ VASQUEZ ARMINDA REVECA, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.024.822, que ha quedado citada de conformidad con lo establecido en el Artículo 216 del Código de Procedimiento civil y que debe comparecer por ante el Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua ubicado en la Calle vargas Norte N° 37, Segundo piso antiguo Tribunales penales, Maracay Estado Aragua, a ejercer su derecho a la defensa en la demanda que consta en el Expediente N° 933806 que cursa en el referido juzgado . El Tribunal dando cumplimiento a la Comisión conferida por el Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, declara SECUESTRADO el inmueble antes señalado e identificado, y se hace entrega del mismo a la ciudadana MARIA DE JESUS MARTÍNEZ , titular de la cédula de identidad N° 7. 195.054, a través de su Apoderado Judicial, Abogado BEATRIZ CAMPOS CARTAYA antes identificada. De inmediato la ciudadana notificada retiro sus bienes por su cuenta y riesgo, y procedió a trasladarlos a la población de Cagua, Urbanización prados de la Encrucijada, sector Tulipán, casa N° 3-A, Estado Aragua. En este estado la Apoderada Judicial de la parte Actora, Abogado BEATRIZ CAMPOS CARTAYA, antes debidamente identificada expone:” Recibo el inmueble Secuestrado por este Tribunal ejecutor, para mi representada. Cumplida su misión el Tribunal regresa a su sede habitual, siendo las 5:30 de la tarde. Terminó, se leyó y conformes firman. Todo lo enmendado Vale.-
LA JUEZ,

ABG. EUMELIA VELASQUEZ M.
(Fdo) EL APODERADO ACTOR,
(Fdo.)

LA CIUDADANA NOTIFICADA
(Fdo.)
EL REPRESENTANTE DE PROTECCION.
DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE.
(Fdo.)


LA SECRETARIA,
LIGIA JOSEFINA FALCON
(Fdo.)

C-76-2006