En horas de despacho del día de hoy, veintiséis (27) del mes de Junio del año dos mil seis (2006), siendo las 10:00 de la mañana, día y hora fijada por este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de Cagua, a fin de practicar la medida de ENTREGA MATERIAL, decretada en fecha 01/06/06, por el Juzgado Noveno de Primera Instancia Civil, Mercantil y Bancario con Competencia Nacional del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMODATO, sigue la ciudadana YOSMAR ELIZABETH THODDE SOTO, contra la ciudadana HILDA VIOLETA QUINTERO DE RODRIGUEZ, en el expediente N° 3519-04 (nomenclatura del Tribunal comitente). Se trasladó y constituyó el Juzgado a cargo del ciudadano ABG. MAZZEI RODRIGUEZ RAMIREZ, en su carácter de Juez Ejecutor, el ciudadano ABG. JOSE LUIS BARRIOS, en su carácter de Secretario, en compañía de la ciudadana YOSMAR ELIZABETH THODDE, debidamente asistida por la ciudadana DELIANA DEL V. MARCANO, abogado en ejercicio y de este domicilio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 113.272, en su carácter de demandante de la parte actora, quien solicitó la habilitación de todo el tiempo necesario para la practica de la presente medida, jurando al urgencia del caso. En este estado siendo las 10:10 a.m., este Tribunal lo acuerda de conformidad. En este estado, siendo las 10:15 a.m., el Juez Ejecutor procede a efectuar el correspondiente toque de Ley en la siguiente dirección: “Casa Conjunto Residencial La Fundación Cagua, Primera etapa IU-IV y 2B, Cagua del Estado Aragua, no siendo atendido por persona alguna ya que las puertas del inmueble se encontrabas abiertas y libre de personas. En este estado, siendo las 10:20 a.m., este Tribunal le concede la palabra a la abogada asistente de la parte actora, quien expone: “En nombre de mi asistida solicito al Tribunal se materialice la practica de la presente medida, es todo”. En este estado siendo las 10:30 a.m., se ordena al secretario dar cumplimiento a lo pautado en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil. En este estado, siendo las 10:45 a.m., y por solicitud expresa de la abogada asistente de la parte actora este Tribunal hace entrega material formal, real y efectiva de conformidad con el articulo 528 del Código de Procedimiento Civil, a la ciudadana YOSMAR ELEIZABETH THODDE; un inmueble constituido por una casa y la parcela de terreno sobre la cual está construida, ubicada en el Conjunto Residencial La Fundación Cagua, primera Etapa IU-IV y 2B, Cagua- Estado Aragua y cuyos linderos son: NORTE: En línea recta de 20 metros con parcela N° 36. SUR: En línea recta de 20 metros con parcela N° 34. ESTE: En línea recta de 12 metros con la parcela N° 21 y OESTE: En línea recta de 12 metros con calle S-1-1 que es su frente. Dicho inmueble está distribuido de la siguiente manera: Sala-comedor, cuatro (4) habitaciones, cocina, dos (2) baños, porche y un (1) estacionamiento para cuatro (4) vehículos aproximadamente y quien estando presente expone: “Recibo en este acto judicial el inmueble libre de bienes y personas y bajo las descripciones de la presente acta, es todo”. Se deja constancia que se cambiaron las cerraduras de las puertas que dan acceso al inmueble objeto de la presente medida. Se ordena fijar un cartel de notificación a las puertas del inmueble. Seguidamente el secretario da lectura de la presente acta y el Tribunal hace constar que no hay observaciones, ni reclamos sobre la misma. Cumplida como ha sido la presente comisión, de conformidad con el artículo 238 del Código de Procedimiento Civil, se ordena el regreso del Tribunal a su sede física, siendo las 11:55 a.m., es todo”, terminó, se leyó y firman.
EL JUEZ EJECUTOR.
ABG. MAZZEI M. RODRIGUEZ R (Fdo y Sello).

PARTE ACTORA
YOSMAR THODDE SOTO (Fdo).


ABG. ASISTENTE DE LA
PARTE ACTORA.
DELIANA MARCANO (Fdo).




EL SECRETARIO.
ABG. JOSE LUIS BARRIOS (Fdo).




05-2706- 969-06.