REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, 9 de junio de 2006
196º y 147º

ASUNTO: DP11-S-2006-000272

PARTE ACTORA: JOSE GREGORIO NATERA, titular de la cédula de identidad No. 4533734
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: SILVIO LEOPOLDO MAGALLANES TERAN abogado en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo el No. 94.035

PARTE DEMANDADA: TRANSFALCAR C.A.

APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: sin apoderado constituido.


Se homologa el desistimiento del procedimiento efectuado por la parte actora en fecha 8 de junio de 2006, suscrita por el ciudadano JOSE NATERA, titular de la cedula de identidad No. 9.533.734, parte actora, debidamente asistido por el Abogado SILVIO LEOPOLDO MAGALLANES TERAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 94.035, mediante la cual DESISTE DEL PROCEDIMIENTO en la presente causa, incoada por ante este Tribunal Primero de conformidad a lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil por aplicación supletoria pautada en el articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, HOMOLOGA el presente desistimiento se le da carácter de cosa juzgada y se da por terminado el proceso.
LA JUEZ



DRA. MARIA ELENA BRAVO RICO


EL SECRETARIO


ABG. ARTURO LUIS CALDERO