Hoy, viernes veinticuatro (24) de marzo de 2006, siendo las once de la mañana (11:00 a.m), día y hora fijado para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaro abierto el acto, compareciendo a la misma la ciudadana trabajadora BELKIS J. ROMERO C., titular de la cedula de identidad Nº 8.732.722, y su apoderado judicial ABG. CARLOS L. MARTINEZ, INPREABOGADO Nº 101.022, y por la parte demandada compareció la ciudadana MARTA VELEZ de FONNEGRA, venezolana, mayor de edad, casada, identificada con la cédula de identidad número V-10.356.883 en su carácter de PATRONA, asistida en este acto por la Abogado GLADYS JACQUELINE USECHE DE ROMAN, quienes de común acuerdo y a los fines de dar por terminado el presente proceso y en razón de la mediación del tribunal celebran la presente transacción: Entre la Unidad Educativa “Colegio Maria de la Paz” con domicilio en la ciudad de La Victoria, Estado Aragua, inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 14 de noviembre de 1984, bajo el Nº 61, Tomo 138-B, representada por MARTA VELEZ de FONNEGRA, venezolana, mayor de edad, casada, identificada con la cédula de identidad número V-10.356.883 y con domicilio en La Victoria, Estado Aragua asistida en este acto por la Abogado GLADYS JACQUELINE USECHE DE ROMAN, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 43.147, quien en lo adelante se denominará “EL COLEGIO”, por una parte, y por la otra, la trabajadora BELKYS ROMERO C., venezolana, mayor de edad, identificada con la Cédula de Identidad Nº 8.732.722 y de este domicilio, debidamente asistida en este acto por el abogado CARLOS LUIS MARTINEZ, Inpreabogado Nº 101.022, en su carácter de Procurador de trabajadores quien en lo sucesivo se denominarán “LA TRABAJADORA”, se ha convenido en celebrar la presente Transacción que se regirá por las siguientes bases: PRIMERA: Consta de Solicitud de pago del beneficio Ley de Alimentación para los trabajadores, Expediente signado bajo el Nº DP31-L-2006-000045, que “LA TRABAJADORA” intentó un Procedimiento de Solicitud de pago del beneficio Ley de Alimentación para los trabajadores EN EL PERÌODO COMPRENDIDO ENTRE ENERO DE 2005 HASTA AGOSTO DE 2005”. SEGUNDA: "EL COLEGIO " ofrece a “LA TRABAJADORA”, por vía de transacción, la suma de CUATROCIENTOS NUEVE MIL TREINTA Y UN BOLÍVARES CON 25 CTS. (Bs. 409.031,25), y a tal efecto, emite el Cheque bajo el Nº 24757379, no endosable, a nombre de la Profesora BELKYS ROMERO C., girado en fecha 24 de Marzo de 2006 contra el banco BANESCO por la cantidad de TREINTA Y UN BOLÍVARES CON 25 CTS. (Bs. 409.031,25), cuya suma equivale a una bonificación por concepto de Ley de Alimentación por los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio de 2005. TERCERA: “LA TRABAJADORA” declara recibir en este acto el Cheque ante identificado e igualmente declara que nada mas tiene que reclamar a la Unidad Educativa “Colegio Maria de la Paz”, todo ello en razón de que con la presente transacción ha quedado definitivamente liquidado lo solicitado por “LA TRABAJADORA”. CUARTA: Los motivos que han tenido tanto “EL COLEGIO” como “LA TRABAJADORA” para celebrar esta transacción son dar por terminado el citado procedimiento y evitar gastos de orden judicial y honorarios de abogados. QUINTA: Ambas partes solicitan de mutuo acuerdo la homologación de la presente transacción y ordene el cierre y archivo del expediente.