REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
CORTE DE APELACIONES

Maracay, ( 23 ) de marzo de 2006
195° y 145°

PONENTE: DR. ALEJANDRO JOSE PERILLO SILVA
CAUSA N°: 1Aa 5788/06
IMPUTADO: SERGIO ADRIAN MONTERO BLANCO
PROCEDENCIA: Juzgado Quinto de Juicio
Decisión: CON LUGAR INHIBICION
N°. 1842

Vista la INHIBICION inserta en autos, suscrita por la Ab. MARIELA JIMENEZ, en su condición de Juez Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, donde manifiesta que se Inhibe de conocer la causa N° 5U-568/05 (Nomenclatura de ese Juzgado) seguida a SERGIO ADRIAN MONTERO BLANCO y en consecuencia alega:

“...se INHIBE de conocer...causa....N° 5U-568-05 seguida ... MONTERO BLANCO SERGIO, ...actúa como defensor privado el Abg..VICTOR BRICEÑO ...dicho abogado...ante el Juzgado Primero de Juicio...introdujo escrito, en el cual me IRRESPETO y anunció que me Recusaría si no me inhibía de conocer la causa 1U-189-04...donde se desprende el atrevimiento que tuvo el mismo, pudiéndose apreciar que por no poder justificar su conducta irresponsable de no acudir al citado Tribunal, a ejercer la defensa, ya que en distintas oportunidades no compareció a la celebración de los actos pautados...como Juez de ese Tribunal lo que pretendía era la realización de los actos, entorpecidos por su persona, trayendo como consecuencia el retardo en las mismas por parte de dicho ciudadano. Por lo que me inhibo de conocer la presente causa y cualquier otra causa donde intervenga el Abg. VICTOR BRICEÑO y me desprendo de la misma por estar afectada mi imparcialidad, para seguir la causa en comento, en consecuencia existiendo otros Tribunales en funciones de Juicio en este Circuito Judicial Penal, se acuerda remitir...a...Alguacilazgo... para su distribución...Se ordena formar cuaderno separado.... ”

Ahora bien, esta Corte de Apelaciones a los fines de emitir su pronunciamiento en lo que respecta a la inhibición expresada por la Jueza de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en función de Quinto de Juicio, Abg. MARIELA JIMENEZ, observa que en efecto, dicha Jueza tiene motivos suficientes que podrían afectar su imparcialidad al momento de tomar alguna decisión en la presente causa, por cuanto la misma se encuentra incursa en causal de inhibición prevista en el artículo 86 numerales 4° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto mantiene un distanciamiento con el Ab. VICTOR BRICEÑO, defensor del acusado, en consecuencia, se ADMITE y DECLARA CON LUGAR, la inhibición expresada por la mencionada Jueza, por estar fundada en causal legal. Y así se decide.-

D I S P O S I T I VA

Por las razones antes expuestas esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE y DECLARA CON LUGAR, la INHIBICION expresada por la Abg. MARIELA JIMENEZ, Jueza de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en función de Quinto de Juicio, con fundamento en el artículo 86 numerales 4° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, ordenándose la remisión del presente Cuaderno Separado al Juzgado Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua.-


Regístrese, déjese copia y remítase.-
EL MAGISTRADO PRESIDENTE y PONENTE


DR. ALEJANDRO JOSE PERILLO SILVA


EL MAGISTRADO


DR. ALFREDO GERMÁN BAPTISTA OVIEDO

EL MAGISTRADO


DR. JUAN LUIS IBARRA VERENZUELA

LA SECRETARIA


AB. NUNZIATINA PORROVECCHIO

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se remitió la presente causa, constante de ( 14 ) folios útiles.-
LA SECRETARIA


AB. NUNZIATINA PORROVECCHIO





AJPS*AGBO*JLIV*Tibaire
Causa N° 1Aa 5788/06