REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL
195º Y 146º
ACTA DE AUDIENCIA ESPECIAL
SOBRE SOLICITUD DE ENTREGA DE VEHÌCULO
CAUSA N° 2C-1357-02
Siendo la 11:00 horas de la mañana, del día de hoy: miércoles primero (01) de Marzo de 2006, presente la Juez Dra. GALHMIR GERRATANA, el Secretario Abg. PELLEGRINO MOTTOLA LEPORE, la Fiscal 2° del Ministerio Público, Abg. LILIAN TIRADO, el solicitante del vehículo, ciudadano: JHONNY EDGARDO TRUJILLO asistido por su defensor Abg. REINALDO DAVAUS. LA JUEZ DIO INICIO A LA AUDIENCIA ESPECIAL PARA DECIDIR SOBRE LA SOLICITUD DE ENTREGA DE VEHÌCULO, a las cuales se le asignó el N°: 2C-1357-02. OTORGÓ A LAS PARTES EL DERECHO DE PALABRA, EL CUAL EJERCIERON EN EL SIGUIENTE ORDEN: La Fiscal Segunda del Ministerio Público Abg. LILIAN TIRADO: Se evidencia de las actas del expediente que en la misma no existe acto conclusivo, por lo que solicito no se apertura articulación probatorio y sea remitida a mi despacho a los fines de solicitar información a la fiscalia del Estado Vargas, y pronunciarme al respecto de la solicitud. Es todo. Seguidamente se le cede el derecho de palabra al SOLICITANTE CIUDADANO JHONNY EDGARDO TRUJILLO, expuso: Mi vehiculo fue entregado por este Tribunal en guarda y custodia en el año 2002, y me lo retienen en Vargas por que lo conducía otra persona a quien yo se lo preste. Es todo. SEGUIDAMENTE SE LE CEDE LA PALABRA AL DEFENSOR PRIVADO Abg. REINALDO DAVAUS, quien expuso: Solicito se le entregue el vehiculo a mi patrocinado en virtud de que ya tiene una entrega por este mismo Tribunal en uso guarda y custodia por cuanto el mismo lo compro de buena fe. Es todo. Es todo. Por lo que este Tribunal Segundo de Control oídas las exposiciones de las partes; ACUERDA: UNICO: En virtud de la solicitud realizada por la Fiscal del Ministerio Publico de que le sea remitida la presente causa a los fines de solicitar la información respectiva a la Fiscalia del Estado Vargas que conoce de la presente investigación y así dictar acto conclusivo a que hubiere lugar, este Tribunal Insta a la Fiscal del Ministerio Publico, que practique las diligencias necesarias a los fines de dictar el acto conclusivo a que hubiere lugar, remítase la presente causa a la Fiscalia Segunda del Ministerio Publico del Estado Aragua.-. Ofíciese lo conducente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA,
DRA. GALMIR GERRATANA CARDOZO
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