REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA
TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL

Maracay, 14 de marzo del 2.006
195º y 146º
Del estudio de las actas procesales, observa esta Juzgadora que la presente solicitud fiscal esta ajustada a derecho, toda vez que como se evidencia en las actuaciones existen suficientes razones para ordenar la ORDEN DE APREHENSION, al ciudadano GUSTAVO JOSE CAVANEIRO VALERA, venezolano, natural de Cagua, Estado Aragua, fecha de nacimiento 23-11-1.982, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad Nº V-15.489.487, residenciado en Calle Francisco de Miranda Casa Nro. 23 del Barrio Autoconstrucción de las Vegas I, Cagua, Estado Aragua; por cuanto se evidencia del contenido de las actas procesales que efectivamente están llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que si analizamos el escrito de solicitud de la vindicta pública se aprecia lo siguiente:
Al folio veinticinco (25) del expediente corre inserta, Trascripción de Novedad de fecha 12 de febrero del 2.006, mediante la cual se deja constancia: Presentación de comisión del Cuerpo de Seguridad y orden Público del Estado Aragua, informando que en la calle Sabana Larga, casa Nro. 20-12-03 del barrio Tamborito se encuentra el cuerpo sin vida de una persona del sexo masculino..”.-
A los folios veintiséis y veintisiete (26 y 27) del expediente corre inserta Acta de Investigación Penal, de fecha 12-02-06 suscrita por el funcionario Agente Lugo Jourdi, quien entre otras cosas manifestó: “Encontrándome en la se de de este despacho se presento una comisión del Cuerpo de Seguridad y Orden Público del Estado Aragua informando que en el sector Tamborito calle Sabana Larga se encontraba el cuerpo sin vida de una persona del sexo masculino…, nos dirigimos a la dirección indicada una vez allí nos percatamos que funge como una venta de licores identificada Licorería Medivar.., en el deposito de dicha licorería lugar donde pudimos observar en posición gena-pectoral el cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino……”.-
Al folio treinta y tres (33), corre inserta Acta de Entrevista, de fecha 12-02-06 rendida por la ciudadana Manuela Ruiz Vargas, donde entre otras cosas manifestó: “…Resulta que entre las tres y treinta y cuatro horas de la mañana, me encontraba en el cuarto de mi casa alimentando a mis nietos cuado escuche tres detonaciones por arma de fuego cuando salí a ver que estaba pasando, mi hijo de 10 años Miguel Ángel medina Ruiz me dijo mama, mama, El Chivo mato a mi papa y andaba con los hijos de Emilito, trate de auxiliarlo pero ya estaba muerto …”.-
Al folio treinta y cuatro (34) corre inserta Acta de Entrevista de fecha 12-02-06, rendida por el ciudadano Rolfin Rafael Utrera Ruiz, quien entre otras cosas señalo: “Mi papá estaba escuchando música con mi hermano Miguel medina, yo estaba durmiendo pero me pare escuche que mi papá estaba atendiendo a un chamo que le dicen El Chivito Cavaneiro quien le pidió una botella de anís pero creo que le pareció muy cara y entonces pidió una de guarapita…, luego se abrió y después volvió acercarse y apuntó a mi papa con una pistola y le dijo ahora te voy a pagar y le disparó….”.-
Al folio treinta y cinco (35) corre inserta Acta de Entrevista de fecha 12-02-06, rendida por el adolescente Miguel Ángel Medina Ruiz, quien entre otras cosas señalo: “Yo estaba con mi papá y mi familia dentro de la casa escuchando música cuando escuchamos que estaban silbando desde la calle para que mi papa los atendiera mi papa fue y ellos le pidieron que les vendiera una botella de guarapita… y fue cuando ese chamo sacó una pistola y le disparó a mi papá….”.-
Al folio treinta y siete (37) corre inserta Acta de Entrevista de fecha 12-02-06, rendida por el ciudadano Arturo Rebeiro, quien entre otras cosas manifestó: “…..resulta que el día sábado diez de febrero, me encontraba ingiriendo licor desde aproximadamente las siete horas de la noche en compañía de tres amigos Leancy, Leymer y Leo, como a las diez horas de la noche Leo se fue para su casa.., y quedamos Leancy y Leymer como a las dos y treinta horas de la mañana hicimos una vaca para comprar una botella…., cuando estábamos llamando a el Gallo para que nos vendiera la botella llegaron dos sujetos Chivito Cavaneiro y El Paisa…, pero chivito desenfundo un arma de fuego de color negro y la acciono contra el gallo….”.-
Al folio cincuenta (50) inserto resultado del Protocolo de Autopsia, de fecha 15-02-06 suscrito por la Dra. Solangela Mendoza, adscrito al Departamento de Ciencias Forenses de Maracay, practicado a Medinas Miguel Ángel, quien entre otras cosas manifestó: Se trata de un adulto que presenta dos impactos de proyectil de arma de fuego siendo mortal el toráxico que produce lesión pulmonar bilateral…”.-