REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO
JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
EN FUNCION DE CONTROL N° 6
Maracay, 01 de Marzo de 2.006
196º y 146º
CAUSA: N° 6C-7370/05
JUEZ: ABG. EMPERATRIZ DEL PILAR DIAZ
IMPUTADO (S): PERSONA (S) DESCONOCIDA (S)
VICTIMA (S): DI STEFANO BELLAFIORE TOMASO
SECRETARIO: ABG. BRUNO ACOSTA
Vista la solicitud de SOBRESEIMIENTO efectuada por el Abogado Roberto Acosta, en su carácter de Fiscal 9º del Ministerio Público del Estado Aragua, este Juez de Control decide:
Efectivamente, del análisis del Expediente, y en especial de los elementos probatorios estudiados, se observa que el hecho imputado NO ES TIPICO, tal y como lo señala acertadamente el (la) ciudadano (a) Fiscal en su solicitud; razón por la cual la decisión que recaiga sobre la presente Causa deberá ser la de SOBRESEIMIENTO, y así se decide.