REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL
PENAL DEL ESTADO ARAGUA EN FUNCION DE CONTROL N° 6
Maracay, 14 de Marzo de 2.006.
196º y 146º

CAUSA: N° 6C-7644/05
JUEZ: ABG. EMPERATRIZ DEL PILAR DIAZ
IMPUTADO (S): GUILLEN GARCIA JOSE TEOLINDO
SECRETARIO: ABG. BRUNO ACOSTA

Vista la solicitud de SOBRESEIMIENTO efectuada por el Fiscal 6º del Ministerio Público del Estado Aragua Abg. JOSE FRANCISCO GARCIA, esta Juez de Control decide:
Efectivamente de autos se desprende la circunstancia de que a pesar de la investigación desplegada por la Fiscalía, sin embargo, EL HECHO OBJETO DEL PROCESO NO SE REALIZO; circunstancia que además de comprobarlo esta Juez a través de la lectura de las actuaciones, a igual conclusión ha llegado el representante del Ministerio Público, en su condición de titular de la Acción Penal que es; razón por la cual, necesariamente la decisión sobre esta Causa será la de SOBRESEIMIENTO de la Acción penal, en base a lo establecido en el Ordinal Primero del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.