REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL
PENAL DEL ESTADO ARAGUA EN FUNCION DE CONTROL N° 6
Maracay, 14 de Marzo de 2.006.
196º y 146º
CAUSA: N° 6C-826/01
JUEZ: ABG. EMPERATRIZ DEL PILAR DIAZ
IMPUTADO (S): JUAN JOSE RODRIGUEZ MEDINA
VICTIMA (S): ELVIS MARICHAL PEREZ
SECRETARIO: ABG. BRUNO ACOSTA
Vista la solicitud de SOBRESEIMIENTO efectuada por el Fiscal 1º del Ministerio Público del Estado Aragua Abg. LUIS LOPEZ INDRIAGO, esta Juez de Control decide:
Efectivamente de autos se desprende la circunstancia de que a pesar de la investigación desplegada por la Fiscalía, sin embargo, EL HECHO OBJETO DEL PROCESO NO PUEDE ATRIBUIRSELE AL IMPUTADO; circunstancia que además de comprobarlo esta Juez a través de la lectura de las actuaciones, a igual conclusión ha llegado el representante del Ministerio Público, en su condición de titular de la Acción Penal que es; además de la incomparecencia de las partes a las Audiencias Especiales fijadas por este Tribunal; razón por la cual, necesariamente la decisión sobre esta Causa será la de SOBRESEIMIENTO de la Acción penal, en base a lo establecido en el Ordinal Primero del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.