REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL
PENAL DEL ESTADO ARAGUA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 6
Maracay, 09 de de Marzo de 2.006
196° y 146°
Revisada que ha sido la solicitud de DESESTIMACION DE DENUNCIA interpuesta por la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público del Estado Aragua, ABG. YELITZA ACACIO, esta Juez decide:
De la revisión efectuada a las actuaciones se observa que en fecha 29/11/05 la ciudadana YUMARY VERA manifiesta ante la Comisaría Francisco de Miranda del Cuerpo de Seguridad y Orden Público, Región Policial Francisco de Miranda, entre otras cosas: “…. Resulta que el día de hoy, a eso de las 11 de la mañana retornaba yo de mi liceo, cuando iba a altura de la entrada de la Urbanización donde resido, me percato que detrás de mí venía un hombre que se me acercó y me comenzó a decir las siguientes palabras: eso si está rico, me provoca morderte las nalgas y me provoca chuparte los senos y llevarte a la cama…” Razón por la cuál considera este Juez que los referidos hechos NO REVISTEN CARÁCTER PENAL,