REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL
Maracay, 09 de Marzo de 2006.
196° y 146°
Vista la presentación que en condición de detenidos hiciese el ciudadano Fiscal 14° del Ministerio Público del Estado Aragua, Abg. GERARDO CAMERO, del ciudadano JULIO CESAR GONZALEZ NIEVES, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.643.708 y residenciado en la Urbanización Primavera, Manzana B, N° 82, Camatagua, Estado Aragua; oída la intervención de la ciudadana Fiscal y los alegatos de la Defensa, decidiendo al final de la Audiencia, la LIBERTAD PLENA del imputado, pasa en consecuencia esta Juez a razonar el presente Auto de la siguiente manera:
Cuando intervino el ciudadano Fiscal, éste solicita que se acuerde la Libertad Plena del Imputado, por no existir comisión de hecho punible alguno; más sin embargo solicita que se acuerde la aplicación del procedimiento ordinario; razón que amerita a decretar la LIBERTAD PLENA del Imputado, y así se decide.