REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
Quien suscribe se avoca al conocimiento de la presente causa en el estado que se encuentra. Revisado como ha sido y por cuanto se evidencia de las actas procesales que conforman el presente expediente, que las partes no han realizado ningún otro acto del procedimiento desde el 20 de Abril de 1999, verificándose de pleno derecho la PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente solicitud de Titulo Supletorio presentada por la ciudadana GLADYS ARAUJO, Venezolana, mayor de edad de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-6.439.209 , de acuerdo a lo establecido en el articulo 269 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 267 ordinal 3 eijusdem.