REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE JUICIO



REPÚPLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
EN FUNCIONES DE QUINTO DE JUICIO
195° y 147°
Maracay, 22 de marzo de 2006.
Vista la decisión de la Corte de Apelaciones de este Circuito Penal, de fecha 08-10-02 causa 1Aa/5719-06, con Ponencia del Magistrado DR: ALEJANDRO PERILO, en la cual señala en su Dispositiva: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el articulo 191 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta la Nulidad Absoluta de la decisión dictada en fecha 18 de Noviembre del año 2005, causa 5U/479-05, por el Juzgado Quinto de Juicio Circunscripciónal, así como la nulidad de la decisión dictada en fecha 21-12-05. SEGUNDO: Se ordena llevar a efecto Audiencia especial para oír a las partes y una vez llevada a efecto la misma se procederá a dictar la decisión que corresponda .TERCERO: Se declara con lugar la apelación interpuesta por el ciudadano: JORGE VICENTE ANDRADE HERNANDEZ, en su carácter de victima debidamente asistido por la Abogado: SARA MIER Y TERAN, contra la decisión referida ut supra. CUARTO: Acuerda Medida Cautelar sustitutita de Libertad al ciudadano: JUAN DE JESÚS URBINA BARBARESCO, de conformidad con lo previsto en el articulo 256 numerales 3 y 4 del COPP consistente en la presentación periódica cada quince días por ante la oficina de Alguacilazgo de este Circuito Penal y la prohibición de salida del estado aragua . Se ordena al Tribunal de Juicio que ha de conocer la presente incidencia imponga al imputado de la presente decisión y ejecute la misa. Por lo que este Tribunal Quinto de Juicio Acuerda fijar Audiencia Especial para escuchar a las partes para el día Lunes 24 de Abril del presente año a las 10:00 de la mañana, debiendose notificar a todas las partes, asi mismo se acuerda citar al ciudadano: JUAN DE JESÚS URBINA BARBARESCO para el día MIÉRCOLES 05 de Abril del 2005 a las 08:00 de la mañana a fin de imponerlo de la decisión dictada por la referida Corte de Apelaciones. Cítese. Notifíquese. Cúmplase. -
LA JUEZ
ABG. MARIELA JIMÉNEZ G
LA SECRETARIA
ABG. DEVORA MELENDEZ

CAUSA 5U-479-05
MJG