REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN

Visto el escrito presentado por la Defensa de la Penada: MARTINEZ RANGEL JANETH JOSEFINA, Titular de la Cédula de identidad N ° 15.180.225, este Tribunal para decidir observa: PRIMERO: En fecha 04 de Diciembre del 2000, el Juzgado Segundo del Régimen Procesal Transitorio del Estado Aragua, Condenó a la referida penada a cumplir la pena de DIEÍ ÍIÓ} ¡IÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de OCÜLTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionando en el Artículo 34 de la Ley Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en esta misma fecha, al folio (209) de la primera pieza de la causa, se libro boleta de citación a la ciudadana MARTINEZ RANGEL YANETT JOSEFINAPor recibida el Acta del Pronunciamiento realizado por la Junta de Rehabilitación del Recluso del Centro Penitenciario de Aragua, sobre el Beneficio de Redención Judicial de la Pena, por el Trabajo y el Estudio del penado: YULY JUDITH ALFONSO, este Tribunal para decidir hace las siguientes consideraciones: *
• - • La referida penada fue condenado por el Juzgado Superior Primero en lo Penal y correccional de Menores del Estado Aragua, en fecha 02-03-1999, a cumplir la pena de ,sj|p;igg| (15) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES.