REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN

Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua para decidir OBSERVA:

PRIMERO: El 20-02-97, El Extinto Juzgado Superior Segundo en lo Penal del Estado Aragua, condenó al Penado: TOVAR RUIZ JOSÉ ANTONIO, titular de la Cédula de Identidad N° E-80.589.669, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO.

SEGUNDO: Ahora bien; observa este Juzgador que el penado ut-supra mencionado, cumplió con la pena que le fue impuesta en fecha 05-08-2.005, quedando pendiente la sujeción a la vigilancia por una cuarta parte del tiempo de la condena desde que esta termine de conformidad con en el artículo 13 Ordinal 3° del Código Penal, vale decir hasta el día 05-08-2.008.

Verificadas las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 2 en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CUMPLIDA LA PENA del Ciudadano TOVAR RUIZ JOSÉ ANTONIO, titular de la Cédula de Identidad N° E- 80.589.669, de conformidad con lo establecido con los artículos 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el articulo 105 del Código Penal. Remítase en su oportunidad al Archivo Central del Estado Aragua. Notifíquese al Fiscal Undécimo del Ministerio Público del Estado Aragua, al Defensor y al penado de autos de esta Decisión. Cúmplase.-