REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 23 de marzo de 2006.-
195º y 147º
EXPEDIENTE Nº 45150-06
MOTIVO: NULIDAD
DECISIÓN: DESISTIMIENTO
Cursa por ante este Tribunal demanda de NULIDAD incoada por el abogado RUBY JAVIER URBANO VILORIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.097, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano RODOLFO HERNAN D’ANGELO LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.695.650, contra GLADYS MIGUELINA UGARTE LAGOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.137.053, signada con el N° 45150-06 (Nomenclatura de este Tribunal), acompañada de los siguientes recaudos: Instrumento poder otorgado al abogado y copia fotostatica de la cédula del abogado folios (23 al 24).
De la revisión del expediente, se evidencia que no existe actuación de ninguna de las partes encaminada a impulsar el presente proceso, solo la actuación del Tribunal ordenando darle entrada de fecha 16 de marzo de 2006, y la diligencia de fecha 20 de marzo de 2006, donde el apoderado judicial de la parte actora desiste de la demanda y solicita la devolución del poder original consignado;
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