REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay,08 de marzo de 2006.-
195º y 147º
EXPEDIENTE Nº 44932-05

SOLICITANTE: RAFAEL ANTONIO REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.275.355, de este domicilio.
COMPARECIENTE: MARGOT ABIGAIL AGUIAR BARRETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédulas de identidad Nº 7.263.020, de este domicilio.
MOTIVO: Divorcio 185-A.
DECISION: Extinción del Proceso.

En fecha “29 de noviembre de 2005”, el ciudadano RAFAEL ANTONIO REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.275.355, de este domicilio, debidamente asistido por el abogado JOSE GREGORIO U. RAMIREZ SALAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 97.356, presentó solicitud de Divorcio 185-A contra la ciudadana MARGOT ABIGAIL AGUIAR BARRETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.263.020. Ahora bien, por cuanto el día “08 de marzo de 2006”, estaba fijada la oportunidad para que tuviera lugar el ACTO DE COMPARECENCIA de la parte notificada ciudadana MARGOT ABIGAIL AGUIAR BARRETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.263.020, en el procedimiento que por DIVORCIO, fue intentado con fundamento en la disposición legal prevista del Código 185-A por el ciudadano RAFAEL ANTONIO REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.275.355, de este domicilio; este Tribunal deja constancia que no compareció al acto la ciudadana MARGOT ABIGAIL AGUIAR BARRETO, anteriormente identificada,