VISTO EL ANTERIOR ESCRITO PRESENTADO POR EL ABOGADO JAVIER GÓMEZ, INSCRITO EN EL INPREABOGADO BAJO EL N° 56.793, DONDE MANIFIESTA DESISTIR DE LA PRESENTE ACCIÓN, Y EN RAZÓN DE QUE POSEE ESA FACULTAD OTORGADA POR SU PODERDANTE, CUALIDAD ESTA QUE SE DESPRENDE DEL PODER QUE RIELA AL FOLIO (17), ESTE TRIBUNAL DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 263 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN. EN CONSECUENCIA DEVUELVANSE LOS INSTRUMENTOS QUE SUSTENTARON LA PRESENTE ACCIÓN A LA PARTE ACTORA PREVIA CERTIFICACIÓN EN AUTOS POR SECRETARÍA. ASÍ COMO EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. ASÍ SE DECIDE. CUMPLASE.