En horas de despacho del día de hoy, catorce (14) de marzo de dos mil seis, comparecen ante este Tribunal los ciudadanos LAUDY YENIKE MEZA Y PLUBIO ENRIQUE ROMÁN, ambos Venezolanos, mayores de titulares de la cedula de identidad n° 12.482.152 y 13.019.240, respectivamente DEMANDANTE Y DEMANDADO, en la presente causa CON EL OBJETO DE REALIZAR EL CONVENIMIENTO de la pensión alimentaría, a favor de su hija PATRICIA ORIANA, en los siguientes términos y exponen:
PRIMERO: El ciudadano PLUBIO ENRIQUE ROMÁN, solicita al Tribunal la entrega de la cantidad de novecientos ochenta y cuatro mil ciento cincuenta bolívares con noventa y cinco céntimos ( Bs.984.150,95), por concepto de la liquidación laboral que existía con la empresa unicon, a fin de cubrir gastos mensuales eventuales como juego de cuarto, televisor, ventilador y DVD, y si excede el monto antes señalado la Sra LAUDY YENIXE MEZA, se compromete a cubrir el excedente--------------------------------------------------------
SEGUNDO: El ciudadano PLUBIO ENRIQUE MEZA, se compromete a suministrar la cantidas de ochenta mil bolívares mensual a la Sra LAUDY YENIXE MEZA, a favor de su hija PATRICIA ORIANA, por concepto de4 pensión de alimentos, el cual será cancelado a conveniencia de las partes es decir semanal, quincenal o mensualmente, guardando ambas partes correspondientes recibo, este monto se incrementara en la medida que el ciudadano PLUBIO ENRIQUE ROMÁN, consiga un trabajo estable, comprometiéndose a participarle al Tribunal para que le hagan el descuento directamente por la empresa---------------------------------------------------------------------------------------
TERCERO: El ciudadano PLUBIO ENRIQUE ROMÁN, se compromete a suministrar los gastos de útiles escolares de cada año y gastos de navidad, así como el 50% de los gastos eventuales, como de vestido, calzados, medicinas, recreación de la niña………..
El Tribunal vista la exposición del ciudadano PLUBIO ENRIQUE ROMÁN, acuerda la entrega de la cantidad de: novecientos ochenta y cuatro mil ciento cincuenta bolívares con noventa y cinco céntimos (Bs 984.150,95), una vez que conste en autos la consignación de los presupuestos de los electrodomésticos que requiere la niña: PATRICIA ORIANA.-En consecuencia, este Tribunal homologa el presente convenimiento………………………………………

LA JUEZA TEMPORAL
LICET LOPEZ LA SECRETARIA
NANCY Molina

LAS PARTES