En el día de hoy, Veintidós de Marzo del año dos mil seis siendo la 9:55 de la mañana, se trasladó y constituyó el Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, a fin de practicar medida de EMBARGO EJECUTIVO, decretada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con motivo del juicio de VÍA INTIMATORIA sigue el Banco Mercantil (Anteriormente INTERBANK C.A. Banco Universal) Contra MIGUEL ANGEL FRIAS, en compañía de la Apoderada judicial de la parte actor, abogado MIRLA COROMOTO ARAUJO, Inpreabogado Nº 99.703, de los auxiliares de justicia, representante legal de la Depositaria judicial La Nacional ciudadano JOSE FELIX CASTILLO, titular de la cedula de identidad Nº 6.905.177 y del perito avaluador ciudadano CASTILLO RODRÍGUEZ IVANHOE A., titular de la cedula de identidad Nº 14.644.374 quienes se encuentra debidamente juramentados al inmueble constituido por un apartamento distinguido con el Nº 424, Ubicado en la Segunda Planta de la torre 4, del Conjunto Residencial Aguada Grande, segunda etapa, situado entre la calle A y la calle uno de la Urbanización Base Aragua, Municipio Girardot del Estado Aragua, con una superficie de 107.00 mts. El Tribunal notifica de la presente medida a una persona que dijo ser asistente de administración del conjunto Residencial Aguada Grande donde se encuentra constituido el tribunal, y se identifico como ALVARADO MACHADO MARTIN ALFREDO, titular de la cedula de identidad Nº V-6.332.895, quien manifestó que el inmueble antes identificados estaba desocupado, y que la otra demanda encontré del ciudadano por deudas del condominio. El Tribunal en Cumplimiento de la comisión conferida, declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el inmueble antes señalados, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Con fachada norte del edificio; SUR: Parte de la fachada Este del Edificio y parte del Hall de distribución; ESTE: fachada Este del Edificio y OESTE: Con el apartamento Nº 421, le corresponde dos puestos de estacionamiento identificados con las misma siglas que identifican al referido apartamento. En consecuencia se declara la despocesión jurídica del ejecutado, y previo avaluó del mismo se le entrega a la Depositaria Judicial la Nacional C.A. En este estado el perito designado le estima un valor aproximado al inmueble embargado de CIEN MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 100.000.000.00) aproximadamente, teniendo en cuenta que no tuve acceso al mismo debido a que este se encintraba cerrado, tomando encuentra su ubicación y metros de construcción, es todo. En este estado el depositario Judicial de la Nacional C.A., Ciudadano JOSE FELIX CASTILLO expone: Recibo conforme para mi representada al inmueble anteriormente descrito y embargado ejecutivamente por este Tribunal. En este estado la Apoderada judicial de la parte actora, antes debidamente identificada expone: Solicito al Tribunal se acuerde y se oficie al ciudadano Registrador del Primer Circuito de Registro de la Parroquia Joaquín Crespo del Municipio Girardot del Estado Aragua, dicho inmueble pertenece al ejecutado MIGUEL ANGEL FRIA, según se evidencia de documento protocolizado por ante la referida Oficina Subalterna de Registro, en fecha 26 de enero de 1.998, anotado bajo el N° 05, folio del 11 al 13, protocolo primero, primer trimestre del 98, es todo, a los fines de que tenga conocimiento de la medida practicada. El Tribunal visto lo expuesto y solicitado por la parte actora, acuerda Oficiar al Ciudadano Registrador subalterno respectivo de la medida de Embargo Ejecutivo practicada. Cumplida su misión el Tribunal ordena su regreso a su sede habitual siendo las 11:00 de la mañana. Terminó Se Leyó y Conformes Firman. Todo lo enmendado Vale.-
EL JUEZ,

ABG. EUMELIA VELASQUEZ M.
(Fdo.)

LA APODERADO ACTOR,
(Fdo)
EL NOTIFICADO
(Fdo)

EL DEPOSITARIO EL PERITO
JOSE FELIX CASTILLO IVANHOE A. CASTILLO R.
(Fdo) (Fdo)


LA SECRETARIA

LIGIA JOSEFINA FALCON

C-113-2005