En el día de hoy Martes, 23 de Marzo de 2006, siendo las11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Inicial en el presente proceso, comparecen la Apoderada Judicial de la parte actora la Abogada, supra identificados. Por la parte demandada, comparecen los Apoderados Judiciales up-supra identificados, quienes consignan cuatro (4) copias simples de los Poderes que le acreditan la cualidad con la cual actúa en presente asunto, previa presentación de su original a modo videndi. La ciudadana Jueza declaró abierto el acto y explicó a las partes la importancia del uso de los medios alternativos de solución de conflictos previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para los contendientes y lograr un ahorro de energías y de recursos, evitando un proceso prolongado. En este estado la parte demandada ofrece pagar a la parte actora con la finalidad de ponerle fin al presente juicio la cantidad de ONCE MILLONES DE BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 11.000.000,00), para ser pagado el día 28/03/2006, 09:00 a.m., a través de cheque elaborado a nombre del Trabajador. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por los siguientes conceptos: Antigüedad, las indemnizaciones que consagra el Art. 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, Vacaciones, Bono Vacacional, Utilidades, Intereses sobre Prestaciones Sociales del año 2005. En éste estado la Apoderada de la Parte Actora, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con los montos ofrecidos y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda al trabajador concepto ni monto alguno por la prestación del servicio prestado.