En horas de despacho, de hoy viernes cinco (05) de Mayo de 2006, siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, previo anuncio de la audiencia, se deja constancia de la comparecencia de la parte demandante, el trabajador IDELFONSO HERNANDEZ, C.I. V-11.037.938. y debidamente asistido por el Abg. MANUEL FUENTES MEDINA, INPREABOGADO Nro.103.305 Y por la parte demandada comparecieron el ciudadano JORGE QUINTERO LEON, venezolano mayor de edad, titular de la C.I N°V-8.811.219, en su condición de Jefe de Recursos Humanos de la parte demandada y el ABOG PEDRO JULIO HERNANDEZ, INPREABOGADO Nro. 62.998, quienes exponen: Las partes intervinientes en el presente proceso, de manera voluntaria y de mutuo consentimiento, pasan a efectuar acuerdo transaccional, bajo los siguientes términos: La parte demandada en este acto persiste en el Despido Injustificado del trabajador y procedió a consignar Cheque por concepto del monto total de las prestaciones sociales así como los derechos laborales que le asisten al trabajador y en tal virtud, ofrece en este acto, la cantidad neta de QUINCE MILLONES BOLIVARES (Bs. 15.000.000,00), discriminados de la siguiente manera: Prestación de antigüedad e intereses la cantidad de OCHO MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA MIL DOSCIENTOS VEINTIUN BOLIVARES (Bs.8.690.221), por concepto de utilidades fraccionadas la suma de DOSCIENTOS SETENTA MIL BOLÍVARES (Bs.270.000,00), vacaciones fraccionadas la cantidad de TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL BOLIVARES (Bs. 333.000,00) Bono Vacacional Fraccionado por la cantidad de CIENTO VEINTISEIS MIL BOLIVARES (126.000,00) Articulo 146 de la Ley Orgánica del Trabajo la cantidad de CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 55.000,00) Indemnización por despido injustificado la cantidad de CINCO MILLONES CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs 5.000.000,00), indemnización sustitutiva de preaviso la cantidad de TRES MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs 3.240.000,00) para un total de DIECIOCHO MILLONES CIENTO CATORCE MIL SETECIENTOS VEINTIUNO.(Bs 18.114.721) a esta suma se le deduce la cantidad de TRES MILLONES CIENTO CATORCE MIL SETECIENTOS VEINTIUN BOLIVARES (Bs 3.114.721) por concepto de anticipo recibidos en el transcurso de la relación de trabajo. El pago se hace en este acto a través de tres (3) cheques librados contra el Banco Exterior Nros.5257601312, 8257601313 y 2057601314 cada uno por la suma de CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs 5000.000,00). La parte demandante, el trabajador IDELFONSO HERNANDEZ, C.I. V-11.037.938, debidamente asistido por el Abg. MANUEL FUENTES MEDINA, INPREABOGADO Nro.103.305, visto el ofrecimiento por parte de la demandada, de acuerdo con los términos expuestos, acepta dicho ofrecimiento, y recibe conforme los mismos, así mismo deja expresa constancia de que la parte accionada deberá realizar los tramites pertinentes ante el instituto Venezolano de los Seguros Sociales con el objeto de actualizar las cotizaciones hechas por el actor hasta el día de la culminación de la prestación de servicios con el objeto de hacer efectiva y materializar el cobro del paro forzoso. Las partes solicitamos del Tribunal que imparta la HOMOLOGACION a la presente transacción, en virtud de que el mismo no menoscaba los derechos laborales del trabajador, dando por terminado el presente juicio, y ordene el cierre y archivo del expediente.