REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal Primero de Control Sección Adolescente
Maturín, 24 de Mayo de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2006-000233
ASUNTO : NP01-D-2006-000233
JUEZ: ABG. LILIAM LARA ANDARCIA
SECRETARIA: ABG. MARBELYS PALACIOS
IMPUTADO: CARLOS ENRIQUE TORREALBA CAÑA
VICTIMA: DANIELA JOSE ROSALES ORTUÑO
FISCAL: ABG. SILIS TINEO FISCAL DECIMO (A) DEL
MOTIVO: SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO
Visto el escrito presentado por la Abg. SILIS TINEO en su carácter de Fiscal Décimo Auxiliar del Ministerio Público, quien solicita el Sobreseimiento Definitivo de la Causa seguida al adolescente CARLOS ENRIQUE TORREALBA CAÑA, por la presunta comisión del delito de Violación previsto y sancionado en el artículo 374 ordinal 1° del Código Penal Vigente, en perjuicio de la ciudadana Daniela José Rosales Ortuño, este Tribunal para decidir observa:
I
El imputado resultó ser CARLOS ENRIQUE TORREALBA CAÑA, venezolano, de 15 años de edad, titular de la cédula de identidad número 19.662.147, domiciliado en La Calle Miranda, Casa N° 56, Caicara de Maturín Estado Monagas.
II
En fecha 02 de Enero del 2006, se inició la Investigación ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub- Delegación Punta de Mata, tal y como se desprende de Denuncia Común inserta al folio 01 de las actuaciones, interpuesta por la ciudadana Rosa Del Valle Ortuño Meneses quien manifestó: “ Comparezco por ante este Despacho con la finalidad de denunciar al ciudadano Jenny López quien trabaja como funcionario de la Policía en Caicara, por abusar sexualmente de mi hija de nombre Daniela José Rosales Ortuño, de Once Años de edad, y quedó embarazada.”
III
Del análisis de las actuaciones se desprenden los siguientes elementos:
1.- Inserta al folio 01 de las actuaciones, cursa denuncia común interpuesta por la ciudadana ROSA DEL VALLE ORTUÑO MENESES, en su carácter de representante legal de DANIELA ROSALES.
2.- Acta de Criminalistica s/n, inserta al folio 05 de las actuaciones realizada al sitio del suceso, evidenciándose que el Lugar a Inspeccionar resultó ser un sitio Cerrado.
3.- Acta de Entrevista inserta al folio 06 de las actuaciones, realizada a la víctima Daniela José Rosales Ortuño, quien manifestó: Yo conocí a Jenny López funcionario de la policía y nos hicimos novios, un día me dijo para ir a conocer a su familia,.. y me trajo para Punta de Mata, y me llevó para una parte donde alquilan habitación…, tuvimos relaciones sexuales , luego me llevó a Caicara y de allí más nunca lo he visto y creo que estoy embarazada.”
4.- Cursante al folio 14 de las actuaciones se evidencia Experticia de Reconocimiento Medico Ginecológico, realizado a la niña Daniela Rosales Ortuño, el cual arroja en sus Conclusiones: Embarazo de 17 semanas según fecha de última regla.
5.- Al folio 35 cursa Ampliación de Entrevista realizada a la niña Daniela Rosales, en el cual se desprende: Yo fui novia de Carlos Torrealba como hace dos años en el 2004, no tuve relaciones con Carlos Torrealba
Del análisis de los elementos señalados anteriormente, se observa la comisión del delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 374 ordinal 1° del Código Penal Vigente, en perjuicio de la ciudadana Daniela José Rosales Ortuño, por cuanto la misma tiene 11 años, pero de las actuaciones no se desprende que hayan denunciado al adolescente CARLOS TORREALBA, aunado a esto la víctima señala que no tuvo relaciones sexuales con el prenombrado adolescente, sino con un funcionario policial de nombre LENNY LOPEZ, es decir que no existen suficientes elementos de convicción que comprometan la responsabilidad penal del prenombrado adolescente, más aún el delito objeto de investigación no puede atribuírsele al adolescente Carlos Torrealba, Igualmente se observa que no existen testigos que corroboren el hecho denunciado, lo cual es necesario para señalar responsabilidad penal alguna en contra del adolescente, y por cuanto el Fiscal del Ministerio Público como dueño de la Acción Penal, solicitó el Sobreseimiento de las actuaciones, Considera este Tribunal ajustada a derecho la solicitud, en consecuencia se Decreta el Sobreseimiento Definitivo de la Causa.-
DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de la causa seguida al ciudadano CARLOS ENRIQUE TORREALBA CAÑA, venezolano, de 15 años de edad, titular de la cédula de identidad número 19.662.147, domiciliado en La Calle Miranda, Casa N° 56, Caicara de Maturín Estado Monagas, de conformidad con lo establecido en el artículo 561 literal “d” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de Violación previsto y sancionado en el artículo 374 ordinal 1° del Código Penal Vigente, en perjuicio de la ciudadana Daniela José Rosales Ortuño. Notifíquese a las partes, Librese lo conducente. Cúmplase.
LA JUEZ,
ABG. LILIAM LARA ANDARCIA
LA SECRETARIA,
ABG. MARBELYS PALACIOS.-
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