REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
INTERLOCUTORIA.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. SALA DE JUICIO. Maturín, dieciséis de mayo del dos mil seis.-
196º y 147º
Vista la diligencia presentada por el Abg. NEUBEK HANNA, abogado en ejercicio, de este domicilio, procediendo con el carácter de apoderada judicial del ciudadano IRAIDES JOSE RODRIGUEZ SOUQUETT, parte demandada, este Tribunal observa:
1) Que la citación en el presente juicio se realizo de manera tácita en virtud de la presentación de instrumento poder que cursa a los folios18 al 22, por lo que la contestación a la demanda se verificó el día 25/10/2.004, venciendo el lapso de pruebas el día 10/11/2.004; 2) que en fecha 09/11/2.005 el Dr. Gustavo Posada en su carácter de Juez Suplente se avocó al conocimiento de la causa; 3) que el 22/11/2.005 este Tribunal a cargo del Dr. Gustavo Posada dicto sentencia de fondo, y en la misma no se acordó la notificación de las partes; 4) que la causa estaba paralizada, ya que no consta en autos que se hubiese notificado a las partes, antes de la sentencia, ni existen actuaciones en la que se evidencie que las partes están a derecho; 5) que habiendo sido dictado el fallo fuera de su oportunidad legal, debe proceder a la notificación de las partes para garantizar con ello el Derechos a la Defensa, a la Seguridad Jurídica y a la doble Instancia. Por lo antes expuesto este Tribunal no admite la apelación formulada por el Dr. Neubek Hanna por ser extemporánea por anticipada, y se acuerda la notificación de las partes y/o de sus apoderados. Librese boleta de notificación y Cúmplase.-
La Juez Profesional Segunda.
Dra. Elina Ciano De Cools
La Secretaria de Sala
Dra. Diana Lezama.
Exp. No. 8396-04