REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL OCTAVO DE EJECUCIÓN


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE EJECUCION DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS


Caracas, 8 de Mayo de 2006

195° y 147°


Definitivamente firme, como ha que dado la sentencia dictada por el Juzgado Trigésimo de Juicio de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, el 24 de febrero de 2006, mediante la cual ABSOLVIÓ a la ciudadana MARBELIS COROMOTO RINCON MOLINA, titular de la Cédula de Identidad N° 16.493.268, de los cargos formulados por el ciudadano Fiscal Centésimo Décimo Octavo del Ministerio Público, por la comisión del delito de AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 287 del Código Penal; por lo que se acuerda decretar la LIBERTAD PLENA del mismo. En tal sentido, ofíciese al Director de la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería, participándole lo presente, Director General de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio del Interior y Justicia y al Jefe de la División de Información Policial del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, remitiéndoles anexo copia certificada del presente auto. Notifíquese a las partes. Remítase en su oportunidad las presentes actuaciones a la División de Archivo Judicial, a los fines de su archivo y cuido.- Cúmplase.-
EL JUEZ



DR. JUAN CARLOS ESPIN ALVAREZ


LA SECRETARIA



ABG. ZAIDA SERRANO


En esta misma oportunidad se dio cumplimiento a lo ordenado.-


LA SECRETARIA



ABG. ZAIDA SERRANO




JCEA/Jake
Causa N° 8-E-1636-06