ACTA

N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2.006-000469.
PARTE ACTORA: Ciudadano, ADRIANA DIAZ, venezolano mayor de edad, titular de las Cédulas de Identidad N 10.835.197.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogados, CARLOS FARIAS, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo los números: 110.500.
PARTE DEMANDADA: ADMINISTRADORA CADCO, C.A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy 05 de mayo de 2006, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la audiencia Preliminar, compareció el Abogado CARLOS FARIAS, apoderado judicial de la parte actora, tambien compareció la ciudadana MARIA INES CAPUZZI, titular de la cédula de identidad N° 7.119.716, quien dice ser Directora de la empresa ADMINISTRADORA CADCO, C.A. mas no así presentó acta constitutiva de la empresa referida o credencial alguna que le acredite el ejercicio del cargo nombrado dentro de la empresa demandada, asistida de la abogada LEDIA JIMENEZ, inscrita en el Inpreabogado N° 77.003.
Las partes desean suscribir acuerdo transaccional basado en los siguientes términos: La parte demandante reconoce a la ciudadana MARIA INES CAPUZZI, como única accionista de la empresa demandada. La ciudadana MARIA INES CAPUZZI, ofrece a la demandante la cantidad única de Bs. 2.500.000,00, la parte demandante acepta el ofrecimiento realizado por la referida ciudadana. La cantidad de dinero ofrecido se pagará en dos partes, de la siguiente manera, la primera parte será realizada el 15-05-06, por la cantidad de Bs. 1.250.000,00, el segundo pago se realizará el día 30-05-06, por la cantidad de Bs. 1.250.000,00. Las respectivas cantidades se harán ante la Oficina de Control de Consignaciones de la Coordinación del Trabajo, en cheque a nombre del trabajador.
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar, y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de cosa juzgada, se ordena el archivo del expediente. Se deja constancia que el Tribunal hace entrega de las pruebas a las partes.




LA JUEZA
ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T.

LOS APODERADOS DE LAS PARTES.


EL SECRETARIO (A)