REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJODE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS

Maturín, (02) de mayo de 2006
196° y 147°

Vistas las actuaciones recibidas en virtud de la inhibición formulada, por la Jueza Sexta de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, intentado por los ciudadanos LUIS BELTRÁN LÓPEZ, LUIS JAVIER MAITA y BERNAVE RIVERO, contra la ASOCIACIÓN COOPERATIVA HIJOS DE ORIENTE, R.L., signado con el N° NP11-L-2006-000511, fundamentándose la inhibición, en la causal que dispone el ordinal 1, del artículo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; este Tribunal, en atención a la consideración hecha por la ciudadana Marileudis Gallardo, quien expuso, que el Presidente y asociado de la empresa demandada es cónyuge de una de sus hermanas, y que por ese parentesco hay familiaridad, lo que pudiese incidir sobre su imparcialidad en dicha causa, constituyendo ello causal de inhibición, de conformidad con lo previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Primero Superior del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: Con Lugar la inhibición formulada por la Jueza Sexta de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, por las consideraciones anteriormente expuestas; en consecuencia, se ordena la redistribución del expediente a fin de que otro Juez de la misma categoría proceda a conocer de dicha causa. Remítanse copia certificada de las presentes actuaciones al Tribunal de la causa.

LA JUEZA SUPERIOR


Abog. PETRA SULAY GRANADOS G.
SECRETARIO (A)


ASUNTO NH11-X-2006-000010