REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO EN FUNCIÓN DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 15 de mayo de 2006
196º y 147º
Vista la solicitud presentada por el ciudadano FREDDY GUILLERMO STRAUS ROMERO, en su carácter de Presidente de la sociedad Mercantil INVERSIONES J.P.K.C.A., este Tribunal a los fines de decidir hace las siguientes consideraciones:
Se evidencia de las actuaciones procesales inserta al folio 24 de la presente solicitud , Experticia de Reconocimiento de Seriales, practicada por funcionarios adscritos al Cuerpo Técnico de Vigilancia y Tránsito Terrestre al vehículo: MOTO; PLACAS: AAI895; SERIAL DE CARROCERIA: C5KG024994; SERIAL DE MOTOR: E12TF024384; MARCA: LML; MODELO: STAR DE LUXE/ES/; AÑO: 2000; COLOR: VERDE; TIPO: PASEO; USO: PARTICULAR; dicha experticia arrojo como resultado que los seriales de carrocería y motor registra como vehículo Ford Granada.
Al respecto estima esta Juzgadora acotar , que a los fines de determinar la procedencia o licitud de los seriales que identifican el objeto mueble que se reclama , es necesario que Funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas de la Delegación de Maracay (Brigada de Vehículo) practiquen la EXPERTICIA LEGAL al vehículo clase Moto cuyas características se encuentran especificadas en las actas precedentes, esto es con la finalidad de verificar la exactitud de los seriales que posee el mismo , a tal efecto se ordena la remisión de la presente solicitud al referido cuerpo policial a los fines de que realice todo lo pertinente y necesario para obtener los resultados que coadyuven a la búsqueda de la verdad .
De allí pues , que una vez que conste los resultados de la experticia legal, esta Juzgadora decidirá la entrega o no del objeto que reclama el solicitante ciudadano FREDDY GUILLERMO STRAUS ROMERO en su carácter de Presidente de la sociedad Mercantil INVERSIONES J.P.K.C.A.. En consecuencia se ordena la remisión de las presentes actuaciones al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Delegación Maracay, a los fines de que se realice la experticia correspondiente y una vez practicada se devuelva la presente solicitud con sus resultas. Notifíquese a las partes. Ofíciese. Cúmplase.
LA JUEZ
ABG. GALMIR GERRATANA
LA SECRETARIA
ABG. MIGDALIA SIRA
CAUSA N° 2C-SOLIC-334-06
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